Trámites y Servicios

Información útil y acceso a trámites y servicios

La compra de tierras propiedad de agricultores pequeños puede hacerse bajo cualquiera de las dos modalidades siguientes

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  1. Compra en efectivo (al contado o a plazos) a cargo de la entidad u organismo comprador, el cual es responsable de gestionar y obtener la aprobación del presupuesto, según las normas establecidas por el Ministerio de Finanzas y Precios.
  2. Compra por pensión a cargo de la seguridad social, cuando el agricultor pequeño reúna los requisitos establecidos para su obtención, correspondiendo al Delegado Provincial de la Agricultura su tramitación y al que resuelve solicitar su aprobación al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

En todos los casos la tramitación de compra se iniciará por la Unidad Organizativa de  Suelos y Control de la Tierra, mediante la formación de un expediente para cada operación de compra, el que se conforma en un término de sesenta días con los documentos siguientes:

  1. Acta de aceptación firmada por el vendedor y avalada por el Presidente de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños a nivel municipal.
  2. Solicitud fundamentada de la entidad compradora.
  3. Certificado de Tenedor Inscripto del vendedor.
  4. Certificado catastral de la tierra objeto de compra.
  5. Tasación del valor de la tierra y bienhechurías.
  6. Contrato de compraventa, suscrito por el vendedor.
  7. Certificación de la sucursal bancaria sobre adeudos del vendedor.
  8. Fundamentación y pruebas de que el vendedor es acreedor de la compra por pensión a cargo de la seguridad social.
  9. Calculo de la cuantía de la pensión.
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